¿Sus obligaciones fiscales se están realizando adecuadamente y conforme a los preceptos legales?

 “Un Diagnóstico oportuno le despejará de dudas”

El alcance del servicio en el Diagnóstico de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales abarca las siguientes áreas:

  • Impuesto sobre la Renta en sus aspectos formales y obligaciones como agente de retención.
  • Impuesto al Valor Agregado como contribuyente (ordinario o formal) y agente de retención.
  • Obligaciones como aportante a los Fondos Parafiscales de Ciencia y Tecnología, Anti-Drogas y del Deporte.
  • Obligaciones como Aportante y Agente de Retención sobre la Contribuciones de Nómina (IVSS, INCES, VIVIENDA Y HABITAT)
  • Impuesto Municipal a las Actividades Económicas.

Nuestro objetivo es darle la confianza y certeza de que sus obligaciones fiscales se estén realizando adecuadamente y conforme a los preceptos legales.

Cumplimiento de obligaciones fiscales

Los sujetos pasivos, en calidad de contribuyentes o responsables, están sometidos a una serie de normas y procedimientos de obligatorio cumplimiento, que el ordenamiento jurídico tributario califica como “Deberes Formales” y están contemplados en el Código Orgánico Tributario (COT), las leyes especiales impositivas, sus reglamentos y demás disposiciones administrativas de los órganos competentes, emitidas con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los sujetos pasivos, así como de facilitar a la Administración Tributaria las funciones de verificación y fiscalización de las cuales son competente.

El incumplimiento de las obligaciones formales y materiales (pagos de tributos) puede ocasionar la imposición de sanciones de tipo pecuniario, cierre temporal del establecimiento y hasta pena privativa de libertad en su carácter más extremo.

Con la última reforma al Código Orgánico Tributario (COT) estas sanciones se elevaron sustancialmente y de tratarse de sujetos pasivos especiales estas multas se incrementan en un 200%.
Estableciéndose como sanción genérica el cierre del establecimiento u oficina hasta por diez (10) días continuos o incluso hasta que se subsane el ilícito tributario cometido.
Bajo este escenario resulta de suma importancia para la Gerencia conocer la situación tributaria de la empresa en el cumplimiento de estas obligaciones fiscales, a fin de corregir o subsanar las faltas que se puedan estar cometiendo y disminuir el riesgo a la exposición de multas y sanciones por parte de la Administración Tributaria.

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Obligaciones Fiscales